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Exención del Impuesto de Circulación
Actualmente, en muchos ayuntamientos
es posible solicitar la exención del pago del impuesto
de circulación, para ello nuestro clásico
tendrá que cumplir unos requisitos:
Antiguedad mínima de 25 años
desde la fecha de su fabricación.
Si no se conociera la fecha de fabricación,
se tomará como tal la fecha se su primera matriculación
o, en su defecto, la fecha en la que el correspondiente
tipo o variante de vehículo se dejó de fabricar.
Documentación que debe acompañar
a la solicitud:
Permiso de circulación.
Certificado de características
técnicas del vehículo.
Certificado del fabricante o, en su
defecto, de un Club o Entidad relacionada con vehículos
históricos que acredite las características
y autenticidad del vehículo para obtener su catalogación.
En caso de que el ayuntamiento correspondiente
no tenga un impreso al efecto, tendremos que redactarlo
nosotros, no es más que poner nuestro nombre, apellidos,
vehículo ( Nº de bastidor ), petición,
fecha y firma.
Plazo y lugar de presentación:
Tendremos que presentarlo en el ayuntamiento
de nuestra localidad, a lo largo del año anterior
al que fuera a surtir efecto la bonificación
Aqui os dejo la ordenanza fiscal reguladora
de este tema, es posible que existan pequeñas variaciones
entre las distintas provincias Ordenanza Fiscal 

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