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Vehículo con Matrícula
Comunitaria.
En el caso de que hayamos comprado
nuestro clásico fuera de España y siempre
que sea en algún pais de la Unión Europea,
aparte de la documentación señalada habrá
que aportar el certificado de aduanas que acredite
el cumplimiento de las obligaciones tributarias del mismo.
En otras palabras, para poder rehabilitar
y matricular en España un vehículo procedente
de algún pais de la UE es necesario pagar una tasa
a Hacienda en concepto de importación, dicha tasa
en vehículos usados es el 4% del valor de venta o
en su defecto del valor que tenga ese vehículo para
hacienda.
El valor de venta del vehículo
nunca podrá estar por debajo de su valor catastral
( Valor que tenga para hacienda )
Para formalizar el pago podemos contratar
a un Agente de Aduanas ( Gestoria ) o bien ir a la Aduana
que nos corresponda a solicitar el impreso adecuado.
En todos los casos tendremos que llevar
el vehículo a que lo inspeccione un Agente de aduanas,
que lo único que hace es comprobar que el número
de bastidor corresponda, y no haya sido alterado.
Curiosamente los vehículos que
proceden de Canarias, Ceuta y Melilla se consideran de importación.
El resto de los pasos son los habituales:

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